Demanda de nulidad electoral radicada el 26-jun-2026 contra la Resolución E-3181 de 2026 del CNE, por causales objetivas del art. 275 CPACA (introducción irregular de cédulas al censo, inconsistencias E-14/E-24 en mesas 'atípicas' y alteración del software de preconteo). Inadmitida el 07-jul-2026 por defectos en la designación de partes, falta de individualización mesa por mesa y pretensiones probatorias mal formuladas. La Sala admitió la demanda subsanada el 06-ago-2026 contra el Presidente y el Vicepresidente electos y, el 13-ago-2026, negó la medida cautelar de custodia de documentos y sistemas informáticos por no acreditarse riesgo para la integridad de la prueba.
Estado al 2026-08-06
Verificado por última vez: 2026-08-29
Se radica la demanda de nulidad electoral contra la Resolución E-3181 de 2026, con solicitud de medida cautelar de custodia de documentos y sistemas informáticos.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§3
El despacho inadmite la demanda: exige corregir la designación de partes (solo el elegido puede ser demandado), individualizar mesa por mesa las diferencias E-14/E-24 alegadas y reformular las pretensiones de auditoría forense y reconteo, que considera medios de prueba.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§2
La Sala de la Sección Quinta admite la demanda subsanada contra el Presidente y el Vicepresidente electos y reconoce personería a los apoderados de los demandados, del CNE y de la Registraduría.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§2
La Sala niega la medida cautelar de custodia de documentos y sistemas informáticos por no acreditarse riesgo para la integridad de la prueba.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§2
Según el índice de actuaciones, se registra un recurso de reposición pendiente de resolver.
Fuente: docs/Juridico/CRONOGRAMA_NULIDAD_ELECTORAL_51_DEMANDAS.md#1-tabla-maestra
Sin coadyuvancias registradas para este expediente.
Plataforma independiente de participación ciudadana. Este sitio no es parte de, no está afiliado a, ni está respaldado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional Electoral ni ninguna entidad del Estado colombiano. Los nombres, logos y marcas mencionados pertenecen a sus respectivos titulares.
Los datos analizados provienen de fuentes públicas publicadas por la Registraduría (actas E-14 de claveros, transmisión y delegados). Las cifras que se muestran acá son producto de un análisis automatizado (OCR) y validación ciudadana.
Los resultados oficiales de la elección son únicamente los que publica la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral.