Demanda de nulidad electoral objetiva presentada el 02/03-jul-2026 contra la Resolución E-3181 de 2026 (ordinales 1º a 3º del art. 275 CPACA: violencia psicológica y constreñimiento al elector, injerencia extranjera, opacidad del voto exterior y de los escrutinios, y falta de soportes de financiación de campaña), con solicitud de suspensión provisional. Inadmitida el 08-jul-2026; tras la subsanación, el 24-jul-2026 el despacho exigió precisar la causal de violencia psicológica en un escrito integrado, so pena de rechazo parcial, y el 05-ago-2026 corrió traslado de la solicitud de suspensión provisional. A la fecha de corte no se localiza auto de admisión ni de rechazo.
Estado al 2026-07-24
Verificado por última vez: 2026-08-26
Se presenta la demanda de nulidad electoral objetiva contra la Resolución E-3181 de 2026 (portada 02-jul; el auto de inadmisión cita el 03-jul), con solicitud de suspensión provisional.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§3
El despacho inadmite la demanda por falta de precisión en los fundamentos de derecho y el concepto de la violación, y por falta de canal digital de notificaciones; concede tres días para subsanar.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§3
Tras la subsanación, el despacho exige precisar la causal de violencia psicológica (ordinal 1º art. 275 CPACA) integrando demanda y corrección en un solo escrito, so pena de rechazo parcial.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§3
El despacho ordena el traslado de la solicitud de suspensión provisional y requiere de nuevo el lugar de notificaciones.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§3
Según el índice de actuaciones, el expediente ingresa al despacho con informe de secretaría.
Fuente: docs/Juridico/CRONOGRAMA_NULIDAD_ELECTORAL_51_DEMANDAS.md#1-tabla-maestra
Sin coadyuvancias registradas para este expediente.
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