← Medio de control de nulidad electoral

11001-03-28-000-2026-00275-00

Consejo de Estado, Sección Quinta — M.P. Pedro Pablo Vanegas Gil

rechazada_archivada

Demanda de nulidad electoral inadmitida el 17-jul-2026 por defectos de designación de demandados y de prueba. La subsanación se radicó extemporáneamente (24-jul-2026, 17:01:17, un minuto después del corte de las 17:00:00), lo que motivó el auto de rechazo del 28-jul-2026 y el archivo del expediente el 05-ago-2026.

Estado al 2026-08-05

Verificado por última vez: 2026-08-25

Bitácora

  1. 2026-07-09 Radicación

    Se radica la demanda de nulidad electoral por ventanilla virtual del Consejo de Estado.

  2. 2026-07-10 Reparto

    El proceso es repartido y pasa al despacho de la Sección Quinta a cargo del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil; se solicita la suspensión de los efectos del acto demandado.

  3. 2026-07-14 Demanda sustituida

    Se radica un memorial con la demanda sustituida.

  4. 2026-07-17 Auto de inadmisión

    El despacho inadmite la demanda por cuatro defectos y concede tres días para subsanar, so pena de rechazo.

  5. 2026-07-24 Subsanación extemporánea

    El escrito de subsanación se radica un minuto y diecisiete segundos después del vencimiento del término (17:01:17 frente al cierre de las 17:00:00).

  6. 2026-07-28 Auto de rechazo

    El despacho rechaza la demanda subsanada por extemporaneidad, sin examinar el contenido de la subsanación.

  7. 2026-08-05 Archivo

    El proceso se archiva por rechazo de la demanda de nulidad electoral.

Coadyuvancias

Sin coadyuvancias registradas para este expediente.

v0.85.0