← Medio de control de nulidad electoral

11001-03-28-000-2026-00314-00

Consejo de Estado, Sección Quinta — M.P. Omar Joaquín Barreto Suárez

sin_providencia

Demanda de nulidad electoral presentada el 20-jul-2026 contra la Resolución E-3181 de 2026 en cuanto declaró elegidos al Presidente y al Vicepresidente 2026-2030, con cargo único de injerencia electoral extranjera y afectación de la soberanía popular (art. 137 vía art. 275 CPACA), acompañada de solicitud separada de medida cautelar de urgencia. Por auto del 28-jul-2026 el despacho negó tramitar la cautelar por la vía de urgencia (sin prueba de perjuicio irremediable) y corrió traslado ordinario de la suspensión provisional por cinco días, declarándose aún pendiente de proveer sobre la admisión. El apoderado de los electos (4-ago) y el CNE (5-ago) se opusieron a la cautelar; el 6-ago-2026 la Secretaría devolvió el expediente al despacho para que se considere admitir y resolver la suspensión. A la fecha de corte no hay auto de admisión, inadmisión ni rechazo.

Estado al 2026-07-28

Verificado por última vez: 2026-08-26

Bitácora

  1. 2026-07-20 Radicación

    La parte demandante, en nombre propio, presenta por ventanilla virtual la demanda de nulidad electoral contra el Presidente y el Vicepresidente electos y el CNE, con escrito separado de medida cautelar de urgencia.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/20260808_analisis_expediente_00314-00.md#§1

  2. 2026-07-22 Reparto

    Reparto y radicación (secuencia 481) al despacho del magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez; la Secretaría remite el expediente para que se considere inadmitir, correr traslado de la cautelar o rechazar.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/historia_actuaciones_rad_00314-00.md

  3. 2026-07-24 Memorial de tercero

    Ingresa por correo un escrito ciudadano de adhesión a la demanda, sin calidad procesal definida, tramitado como memorial al despacho.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/historia_actuaciones_rad_00314-00.md

  4. 2026-07-28 Auto de traslado de medida cautelar

    Encontrándose el asunto para proveer sobre la admisión, el despacho niega tramitar la cautelar como medida de urgencia (no hay prueba de perjuicio irremediable) y corre traslado de la solicitud de suspensión provisional por cinco días a los electos, al CNE y al Ministerio Público, por aplicación analógica del art. 233 CPACA. Contra la decisión no procede recurso.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/20260808_analisis_expediente_00314-00.md#§3

  5. 2026-07-29 Notificación y oficios

    Notificación por estado y comunicación del auto de traslado a cinco sujetos procesales; el término de cinco días corre del 30-jul al 5-ago-2026. El mismo día ingresa una solicitud de coadyuvancia de la parte demandante en apoyo de la suspensión provisional.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/historia_actuaciones_rad_00314-00.md

  6. 2026-08-03 Intervención de terceros

    Un tercero solicita intervenir como impugnador y se opone a la demanda y a la medida cautelar.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/historia_actuaciones_rad_00314-00.md

  7. 2026-08-04 Oposición a la medida cautelar

    El apoderado del Presidente y del Vicepresidente electos descorre el traslado oponiéndose a la suspensión provisional y pide reconocimiento de personería.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/20260808_analisis_expediente_00314-00.md#§4.3

  8. 2026-08-05 Contestación del CNE a la medida cautelar

    El Consejo Nacional Electoral, por medio de apoderado, descorre el traslado de la medida cautelar oponiéndose a la suspensión provisional.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/20260808_analisis_expediente_00314-00.md#§4.2

  9. 2026-08-06 Informe de secretaría

    Surtido el traslado, la Secretaría devuelve el expediente al despacho para que se considere admitir el trámite del medio de control y resolver la solicitud de suspensión del acto. Es la última pieza sustantiva del expediente.

    Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00314-00/20260808_analisis_expediente_00314-00.md#§3

Coadyuvancias

v0.85.0