Solicitud de anulación de la elección presidencial fundada en la supuesta incompatibilidad entre el juramento presidencial del art. 192 C.P. y el juramento de lealtad a Estados Unidos del elegido. El escrito fue dirigido inicialmente a la Corte Suprema de Justicia, que el 17-jul-2026 declinó competencia y lo remitió al Consejo de Estado. Inadmitida el 28-jul-2026 por cuatro defectos formales; al no presentarse subsanación dentro del término, la demanda fue rechazada el 05-ago-2026 con orden de devolución de documentos y archivo, registrado en SAMAI el 13-ago-2026.
Estado al 2026-08-13
Verificado por última vez: 2026-08-29
La parte demandante remite por correo electrónico a la Corte Suprema de Justicia (Sala Especial de Instrucción) una solicitud de anulación de la elección del Presidente electo (dato de transcripción OCR cotejada contra el PDF).
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/historia_actuaciones_rad_00328-00.md#cronología-reconstruida
La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema declara su falta de competencia (limitada a aforados del Congreso) y ordena remitir el escrito al Consejo de Estado.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/historia_actuaciones_rad_00328-00.md#cronología-reconstruida
La Secretaría de la Sala Especial de Instrucción remite el expediente a la Secretaría General del Consejo de Estado y comunica la decisión al peticionario.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/historia_actuaciones_rad_00328-00.md#cronología-reconstruida
Reparto virtual de la Sección Quinta al despacho del magistrado ponente e ingreso del expediente para decidir sobre su admisión.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/historia_actuaciones_rad_00328-00.md#cronología-reconstruida
El despacho inadmite la demanda por cuatro defectos (individualización del acto, concepto de violación, pruebas y dirección de notificación del demandado) y concede tres días para subsanar.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/20260829_analisis_expediente_00328-00.md#§4
Notificación del auto de inadmisión.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/historia_actuaciones_rad_00328-00.md#cronología-reconstruida
La Secretaría constata que el término de subsanación (30-jul a 03-ago-2026) transcurrió sin manifestación de la parte demandante.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/historia_actuaciones_rad_00328-00.md#cronología-reconstruida
El despacho rechaza la demanda por no haber sido subsanada dentro del término y ordena devolver los documentos y archivar.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/20260829_analisis_expediente_00328-00.md#§4
SAMAI registra el archivo del proceso y la novedad de reparto por rechazo.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00328-00/historia_actuaciones_rad_00328-00.md#entradas-exportadas
Sin coadyuvancias registradas para este expediente.
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