Demanda de nulidad electoral contra la Resolución E-3181 del CNE, dirigida contra Abelardo de la Espriella como presidente electo, por infracción directa de la Constitución con fundamento en su nacionalidad estadounidense por naturalización y el juramento de lealtad correspondiente, planteada como incompatibilidad constitucional sobreviniente. Presentada el 5-ago-2026 y repartida el 10-ago-2026, pasó a trámite sin auto expreso de admisión ni de inadmisión: por auto del 11-ago-2026 el despacho negó el carácter urgente de la medida cautelar y corrió traslado ordinario de cinco días de la solicitud de suspensión provisional. El CNE, el apoderado del demandado y la Procuraduría Séptima Delegada pidieron negar la suspensión (19 y 20-ago-2026); al corte del 29-ago-2026 no consta decisión sobre la cautelar ni sobre el fondo.
Estado al 2026-08-11
Verificado por última vez: 2026-08-29
La parte demandante presenta por ventanilla virtual demanda de nulidad electoral contra la Resolución E-3181, con solicitud de suspensión provisional urgente y de exhibición documental.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00366-00/historia_actuaciones_rad_00366-00.md
Reparto y radicación del proceso (secuencia 543); el expediente se asigna al magistrado Luis Alberto Álvarez Parra.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00366-00/historia_actuaciones_rad_00366-00.md
El despacho niega el trámite de urgencia de la medida cautelar por no advertir una circunstancia objetiva, actual e inminente que impida el trámite ordinario, y corre traslado de la solicitud de suspensión provisional por el término común de cinco días (art. 233 CPACA). No hay auto expreso de admisión.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§4
Notificación del auto por estado y envío de comunicación; el traslado de cinco días corre del 13 al 18 de agosto de 2026.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00366-00/historia_actuaciones_rad_00366-00.md
Dentro del traslado, la parte demandante radica un memorial adicional con una solicitud probatoria.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00366-00/historia_actuaciones_rad_00366-00.md
El apoderado del Consejo Nacional Electoral se pronuncia sobre la solicitud de suspensión provisional pidiendo que se niegue.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§4
El apoderado del demandado presenta oposición a la medida cautelar (escrito fechado 19-ago) y la Procuraduría Séptima Delegada rinde concepto; ambos piden negar la suspensión provisional por insuficiencia de la urgencia y porque, a su juicio, la doble nacionalidad no configura por sí sola una inhabilidad.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§4
El expediente pasa al despacho con manifestación de la Secretaría; es la última actuación registrada.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00366-00/historia_actuaciones_rad_00366-00.md
Al corte del acervo no consta decisión de fondo sobre la suspensión provisional ni sobre la nulidad.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§5
Sin coadyuvancias registradas para este expediente.
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