Demanda de nulidad electoral dirigida exclusivamente contra la elección de José Manuel Restrepo Abondano como vicepresidente, por la causal de doble militancia política (art. 275.8 CPACA). Nace de la escisión ordenada en el auto de inadmisión del 14-ago-2026 del radicado 00360-00: el escrito, presentado por ventanilla virtual el 20-ago-2026, reproduce el memorial de subsanación radicado ese mismo día en aquel expediente. Repartido el 21-ago-2026 a la misma magistrada ponente; al corte del 29-ago-2026 no consta auto de admisión, inadmisión ni rechazo.
Estado al 2026-08-21
Verificado por última vez: 2026-08-29
En el radicado 00360-00 el despacho inadmite la demanda original por acumular pretensiones contra dos demandados distintos y ordena escindirla; de esa orden nace este radicado.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§4
La parte demandante presenta por ventanilla virtual, con solicitud de medida cautelar, demanda de nulidad electoral contra la elección del vicepresidente José Manuel Restrepo Abondano, como escisión ordenada en el radicado 00360-00.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00408-00/historia_actuaciones_rad_00408-00.md
Reparto y radicación del nuevo proceso; el expediente se asigna a la magistrada Gloria María Gómez Montoya, la misma ponente del radicado 00360-00, y pasa al despacho.
Fuente: docs/Juridico/…/11001-03-28-000-2026-00408-00/historia_actuaciones_rad_00408-00.md
Al corte del acervo no consta ninguna actuación posterior al reparto ni auto de admisión, inadmisión o rechazo.
Fuente: docs/Juridico/…/estado.md#§7
Sin coadyuvancias registradas para este expediente.
Plataforma independiente de participación ciudadana. Este sitio no es parte de, no está afiliado a, ni está respaldado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional Electoral ni ninguna entidad del Estado colombiano. Los nombres, logos y marcas mencionados pertenecen a sus respectivos titulares.
Los datos analizados provienen de fuentes públicas publicadas por la Registraduría (actas E-14 de claveros, transmisión y delegados). Las cifras que se muestran acá son producto de un análisis automatizado (OCR) y validación ciudadana.
Los resultados oficiales de la elección son únicamente los que publica la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral.